Respecto a las recientes comunicaciones sobre el Conjunto Hospitalario San Juan de Dios, desde la Secretaría Distrital de Salud nos permitimos informar:
La Secretaría Distrital de Salud, el Fondo Financiero Distrital de Salud, la Empresa de Renovación Urbana (ERU – hoy RENOBO) y la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. suscribieron el Convenio Interadministrativo No. 1201 de 2018, en el cual la Subred es la entidad encargada de la gestión de la licitación, adjudicación, celebración y ejecución de los contratos derivados de dicho convenio.
El objeto del convenio es aunar esfuerzos y recursos administrativos, económicos y técnicos que permitan efectuar las acciones necesarias para el desarrollo integral del Proyecto de Reposición y Dotación de la nueva Unidad Médica Hospitalaria Especializada de Salud Santa Clara y Centro de Atención Primaria del Conjunto Hospitalario San Juan de Dios, acuerdo de voluntades, que se celebra en cumplimiento de los fallos de las acciones populares que se dirigen a proteger el derecho de acceso a la salud en el San Juan de Dios.
En el ejercicio de la facultad derivada del convenio, la Subred Centro Oriente suscribió el Contrato de Obra No. 02-BS-008-2020 con la Sociedad Anónima de Obras y Servicios COPASA, Sucursal Colombia, el cual tiene como objeto el diseño, construcción, dotación, puesta en marcha y operación de la nueva Unidad Médica Hospitalaria Especializada de Salud Santa Clara y Centro de Atención Primaria del Conjunto Hospitalario San Juan de Dios”.
Es preciso puntualizar que es el Ministerio de las Culturas quien expide el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) relacionado con el Hospital San Juan de Dios e Instituto Materno Infantil, lo anterior, contenido en las Resoluciones 995 de 2016 y 4033 de 2018. El PEMP establece tres niveles de intervención en los edificios que conforman en complejo, siendo el nivel 1: intervención debe respetar integralmente la unidad del inmueble y ha de guiarse por el criterio de mínima intervención; si los edificios están en mal estado, este nivel de intervención se orienta a recuperar su integridad; nivel 2: permite restauración, reparaciones locativas, primeros auxilios, rehabilitación o adecuación funcional, remodelación, reforzamiento estructural, reintegración, ampliación, consolidación y liberación; y el nivel 3 son las construcciones que hicieron parte de un proyecto de crecimiento del hospital y que pueden constituir un potencial de uso. Pueden ser conservadas, reutilizadas, y otras reemplazadas o liberadas (demolidas).
Textualmente, el PEMP indica frente al edificio central que: “El índice de ocupación permitido se contempla en el escenario de la liberación de la torre central y la torre docente y la construcción de un nuevo desarrollo”. La Resolución No. 995 del Gobierno Nacional no le había dado Nivel 1 de protección a esas edificaciones, así que legalmente se permitía un desarrollo progresivo del proyecto, y la Resolución 4033 de 2018 no solo contempló que el edificio Central era susceptible de demolición como ya lo permitía la Resolución 995 de 2006, sino que fue el mismo gobierno nacional el que ya había indicado la posibilidad de un nuevo desarrollo. Es de aclarar que no es todo el complejo, pues este ha sido declarado monumento nacional y bien de interés cultural del ámbito nacional, sin embargo, los niveles de protección de sus edificaciones varían de acuerdo a lo que el mismo Gobierno relaciona en el PEMP
En el desarrollo del contrato, entre la Subred y el contratista se habían buscado formular alternativas para la solución de conflictos para adelantar el proyecto, que no es otro que la recuperación del San Juan, ya que se habían suscitado entre ellos situaciones relacionadas con el nivel de ejecución de las obras, entre otras, a que pese a estar autorizado por el Ministerio de las Culturas, en septiembre de 2023 este determinó de manera unilateral que ningún proyecto constructivo del conjunto hospitalario San Juan de Dios, que incluya la demolición del edifico denominado Torre Central del Complejo recibirá autorización de este Ministerio toda vez que esta Torre goza de protección especial”.
Las alternativas jurídicas estaban dispuestas para defender el patrimonio del Distrito y, sobre todo, encaminados al cumplimiento de lograr ese desarrollo integral del gran proyecto Hospitalario San Juan de Dios, respetando su importancia cultural, histórica y sobre todo de importancia para la ciudad en sus diferentes niveles de atención en salud, en procura de cumplir con las ordenes de las acciones populares que pesan sobre este complejo y más allá, en pro de una habilitación real para la prestación de los servicios de salud en las condiciones adecuadas para el servicio de los bogotanos.
El proyecto consiste básicamente la reposición y dotación de una nueva torre hospitalaria dentro del conjunto hospitalario San Juan de Dios con servicios de urgencias, endoscopia, terapias, laboratorio, imagenología, hemodinamia, cirugía, central de esterilización, hospitalización, unidad de cuidados intensivos, unidad de cuidados intermedios, farmacia. Contaría entonces con 312 nuevas camas en 44.000 m2. y también incluía la construcción de un nuevo centro de salud: Con servicios de consulta externa, terapias, laboratorio y farmacia. Por lo anterior, se considera que este proyecto mejoraría la vida de más de 285.000 personas.
El agente interventor de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente el pasado viernes 16 de agosto decidió de manera unilateral la terminación del contrato con COPASA, decisión inconsulta y no informada previamente a esta Secretaría, argumentando la facultad legal que le asiste como agente interventor.
En el cumplimiento de las atribuciones legales que a esta Secretaria Distrital de Salud le competen en el marco del ser el órgano rector del sistema de salud distrital y en aras de proteger en debida forma la garantía del derecho a la salud de los bogotanos, se ha solicitado a la Procuraduría General de la Nación y a la Contraloría General de la República una vigilancia especial y preventiva frente a la situación que se presenta en la subred centro oriente, como entidad que si bien se encuentra intervenida por una decisión de la nación, sigue siendo una ESE territorial y adscrita a la secretaria que presta sus servicios en el Distrito Capital.
En el marco del convenio aún vigente entre la Subred Centro Oriente y la Secretaría Distrital de Salud, se ha citado a comité de seguimiento para que el agente interventor informe los efectos de la decisión y las resultas de las determinaciones que ha tomado. En conjunto con la Secretaría Jurídica nos encontramos analizando las consecuencias y acciones administrativas y judiciales frente a la decisión adoptada por el agente interventor de manera unilateral, así como los riesgos generados sobre los recursos de la salud del Distrito y el desarrollo del proyecto.
Nuestro propósito es y siempre será garantizar la prestación del servicio en el San Juan de Dios, recuperarlo para el beneficio de los bogotanos y cumplir cabalmente con las órdenes judiciales.